HR Abogados consigue se perdone una deuda de más de 250.000 euros a un empresario de Valencia que pidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
El Tribunal de lo Mercantil nº 5 de Valencia concede la exoneración del pasivo insatisfecho a un autónomo.
El Tribunal de lo Mercantil de Valencia, ha perdonado una deuda económica de 252.306,73 euros, a un empresario que solicitó acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad al encontrarse en situación de insolvencia y no poder hacer frente a las deudas económicas que debía con los ingresos por su actividad.
El solicitante autónomo no podía pagar sus deudas con su facturación mensual como trabajador autónomo, teniendo un pasivo de 252.306,73.-euros.
La mayor parte del volumen que acumula el actor proviene de préstamos solicitados a nombre de la empresa de la que él era administrador y socio. Además, la mayoría de estos préstamos, así como líneas de créditos, tuvieron que ser avalados personalmente por el concursado, dado que era requisito indispensable para que las entidades financieras se los concedieran.
El empresario ha estado atendido y representado legalmente en todo momento por HR Abogados, despacho que ha actuado ante el Juzgado de lo Mercantil de Valencia para que las deudas sean exoneradas.
Arturo Hernández Amores, abogado de HR Abogados, ha solicitado la exoneración de deudas aplicando el nuevo procedimiento concursal que entró en vigor el pasado mes de septiembre, en cuanto al procedimiento judicial ha sido el previsto en los concursos sin masa del artículo 37 ter del TRLC. Tras hacer las comprobaciones iniciales, el órgano judicial pudo verificar que el solicitante de concurso no era más que un autónomo que, habiendo intentado asumir el riesgo que implica iniciar un negocio por cuenta propia, que tan importante es para el tejido empresarial de nuestro país, pero que no ha ido todo lo bien que esperaba”.
Conclusión del concurso y posterior exoneración del Pasivo Insatisfecho
El deudor empresario, confió en HR Abogados para la tramitación del procedimiento Concursal de Segunda Oportunidad. El Juzgado de Valencia declaro al deudor en Concurso, lo que le permitió paralizar ejecuciones y embargos y posteriormente, una vez transcurridos los plazos previstos en el Texto Refundido de la Ley Concursal se solicitó la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), por un importe superior a 252.306,73 euros, siendo concedido por el Tribunal de Valencia.
La exoneración de las deudas permite al concursado continuar con su trabajo de autónomo, pero sin la carga de las deudas. Por esta razón, el no poder seguir haciendo frente a la totalidad de sus obligaciones financieras, el solicitante pidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y el Tribunal de lo Mercantil de Valencia le ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho.