Os presentamos un auto del Juzgado de Sevilla, donde HR abogados ha cancelado la deuda de una persona física, en lo que conoce como Ley de Segunda oportunidad para autónomos.
«No hay inconveniente en asumir la insolvencia de la solicitante como la imposibilidad de realizar el pago regular de sus obligaciones corrientes, si se tiene en cuenta la carencia absoluta de activo, como se reconoce en la propia solicitud.»