La ley declara que los administradores de una sociedad que hayan cesado en sus actividades, serán responsables con su propio patrimonio por las obligaciones tributarias devengadas que estén pendientes en el momento del cese, por lo tanto no ceses en tú actividad dejando DEUDAS, ya que se producirá una DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD y al final el administrador responderá de esas deudas. Así nuestro despacho te ayuda al cese de la actividad de forma legal con nuestra modalidad de CONCURSO EXPRESS, y duerme tranquilo.
AUTO JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 8 Y DE LO MERCANTIL DE LEÓN